207

Revisión en SCJN sobre Comisión de Verdad por caso Ayotzinapa genera incertidumbre, advierten Tlachinollan y Agustín Pro

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de atraer cuatro recursos de revisión sobre la sentencia de 2018 que ordenó la creación de la Comisión para la Verdad sobre el Caso Ayotzinapa, «difícilmente contribuirá a acelerar el acceso a la verdad y la justicia; por el contrario, prolonga la incertidumbre jurídica sobre una resolución relevante”, afirmaron las organizaciones civiles que acompañan a los padres y las madres de los 43 normalistas desaparecidos en 2014 en Iguala, Guerrero.

Destacaron que lo determinado por el máximo tribunal permite reabrir la discusión sobre el alcance de una resolución firme que no sólo desmontó la versión de la llamada “verdad histórica” —sobre que los jóvenes habrían sido privados de la vida y sus cuerpos calcinados en el basurero de Cocula—, sino que abrió la oportunidad de crear un mecanismo de investigación extraordinario, con la participación de la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las víctimas.

Los centros de derechos humanos de la Montaña Tlachinollan y Miguel Agustín Pro Juárez, así cómo Serapaz, entre otras, enfatizaron que a poco más de dos meses de que se cumplan 12 años de la Noche de Iguala, el caso continúa sin ser plenamente esclarecido, a la vez que los obstáculos identificados en la investigación persisten: “como la opacidad de las Fuerzas Armadas ante la negativa a entregar la información de inteligencia faltante y los pendientes en las extradiciones prioritarias, en particular la del entonces titular de la Agencia de Investigación Criminal”, Tomás Zerón.

Lamentaron que “sin una discusión sobre las implicaciones”, en sesión, la SCJN determinó hoy por unanimidad atraer cuatro recursos de revisión extraordinaria sobre la citada sentencia.

En un comunicado, señalaron también que más allá de este caso, la decisión de atraer estos asuntos plantea serios cuestionamientos en materia de seguridad jurídica y cosa juzgada, pues permite revisar una sentencia definitiva dictada hace ocho años.

“Esta revisión extraordinaria no está prevista expresamente en la Constitución ni en la Ley de Amparo y, en los hechos, implica una revisión de una sentencia firme emitida en un amparo en revisión. Ello genera incertidumbre sobre la firmeza de las resoluciones judiciales y debilita la certeza que deben brindar las sentencias definitivas”, advirtieron.

Las organizaciones también refirieron que la sentencia de 2018 constituye uno de los precedentes judiciales nacionales “más relevantes del caso”. Recordaron que el 4 de junio de ese año el Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer la resolución del Tribunal Colegiado que ordenó reponer la investigación ante las graves irregularidades detectadas, ordenando la creación de una Comisión de Investigación para la Justicia y la Verdad, como un mecanismo extraordinario para garantizar una indagatoria independiente y efectiva.

El fallo, ahondaron, concluyó que la investigación que condujo a la llamada “verdad histórica” había estado afectada por violaciones graves a derechos humanos, incluida la práctica de tortura, y que no se exploraron otras líneas de investigación que apuntaban a la participación del Ejército.

Enfatizaron que los juicios de amparo de los que deriva la resolución fueron directamente iniciados por los acusados. “Los padres y las madres de familia de los normalistas desaparecidos no fueron parte procesal y sus representantes no se apersonaron ni promovieron en el mismo. Por el contrario, uno de los efectos del amparo es que las familias de los estudiantes desaparecidos sean reconocidas como víctimas indirectas en los mismos, razón por la cual son parte ante los recursos atraídos el día de hoy”.

Leave A Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *