La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reanuda hoy sus actividades públicas tras su primer receso del año y, entre los asuntos previstos para esta semana, el 5 de agosto discutirá un proyecto del ministro Arístides Guerrero que propone ordenar al Congreso de Jalisco eliminar la adopción simple y ajustarse al modelo federal de adopción plena e irrevocable, además de reconocer la facultad de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para impugnar esa omisión por afectar el interés superior de la niñez.
El proyecto de sentencia del Amparo en Revisión 120/2026 aclara que los congresos estatales deben homologar sus leyes con los estándares nacionales para garantizar la estabilidad familiar, aun durante la transición hacia la entrada en vigor gradual del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, prevista a más tardar el 1 de abril de 2027.
“La adopción sólo puede concebirse como un vínculo filial pleno, irrevocable y orientado a garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en familia conforme a su interés superior”, señala.
El ministro sostiene que la adopción simple es incompatible con el modelo constitucional y convencional de protección integral a los menores de edad porque mantiene vínculos parciales con la familia biológica, tiene efectos personales y patrimoniales limitados y puede revocarse.
En contraste, la adopción plena e irrevocable, prevista en el artículo 30 Bis de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes tras la reforma del 3 de junio de 2019, integra al menor de manera definitiva a la familia adoptante y le reconoce los mismos derechos y protección que a un hijo biológico.
La reforma otorgó a los estados 180 días para armonizar su legislación, plazo que el Congreso de Jalisco incumplió; por ello, en 2025 la Procuradora competente promovió un amparo indirecto contra el Congreso estatal por mantener vigentes disposiciones sobre la adopción simple.
Ese mismo año, un juez federal concedió el amparo y ordenó al Congreso resarcir su omisión, pero el Legislativo estatal interpuso un recurso de revisión alegando falta de competencia para reformar leyes procesales tras la reforma constitucional de 2017.
Durante el proceso, Jalisco eliminó la adopción simple de su Código Civil, pero mantuvo referencias en los artículos 1027 y 1029 de su Código de Procedimientos Civiles. Si la propuesta del ministro es aprobada, la Corte ordenará reformar esos artículos en el siguiente periodo ordinario de sesiones.


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